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Mujer y hombre trabajando

Liquidaciones de Compras y Servicios electrónicos

Enviado por khidalgo el 22 May 2019

El plazo de implementación de las liquidaciones de compra y prestación de servicios será hasta el 31 de diciembre de 2019, por lo que a partir del 1 de enero del 2020 los sujetos obligados a emitir comprobantes electrónicos deberán emitir estros comprobantes de forma electrónica.

El Servicio de Rentas Internas pondrá a disposición de los sujetos pasivos, a partir de agosto de 2019 las especificaciones detalladas en los archivos “XML” y “XSD” de las liquidaciones de compra e bienes y prestación de servicios, para el desarrollo de sus sistemas de comprobantes electrónicos.  

Actualmente, las liquidaciones de compras y prestación de servicios se siguen emitiendo de manera física por los contribuyentes 

Las liquidaciones de compras y prestación de servicios se emiten por los contribuyentes que requieren justificar un gasto realizado a personas que no poseen RUC ya sea de bienes o de servicios que ellos presten.  De acuerdo al artículo 13 del Reglamento de Comprobantes deVenta, Retención y documentos complementarios, se emiten estos documentos en los siguientes casos:

  • Servicios prestados por personas no residentes en el Ecuador
  • Servicios prestados por sociedades extranjeras sin domicilio o establecimiento en el Ecuador.
  • Compra de bienes y servicios a personas naturales no inscritas al RUC, que por su nivel cultural o rusticidad no se encuentren en posibilidad de emitir comprobantes de venta.  
  • Reembolso de compra de bienes o servicios a empleados en relación de dependencia.
  • Servicios prestados por miembros de cuerpos colegiados para el ejercicio de su función.

Este mismo artículo aclara que para que la liquidación de compras de bienes y prestación de servicios, de lugar al crédito tributario y sustente costos y gastos, deberá efectuarse la retención de la totalidad de IVA y el porcentaje respectivo del impuesto a la renta, así como también declarar y pagar dichos valores, en la forma y plazos establecidos en el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.