¿Cuales son las obligaciones tributarias de las Microempresas?
Las Microempresas estarán obligadas a presentar al Servicio de Rentas Internas la siguiente información.
- Declaración y pago de IVA, semestral
- Declaración y pago del ICE, semestral
- Anexo Transaccional Simplificado, semestral
- Anexo ICE, semestral
- Declaración y pago de Impuesto a la Renta IR, semestral
- Anexos: RDEP, ADI, APS, y demás anexos en las fechas que la ley lo establezca.
Las Microempresas deberán cumplir con los deberes formales como:
- Emitir Comprobantes de venta de conformidad a lo dispuesto en la normativa vigente:
- Facturas, con la leyenda “Contribuyentes Régimen Microempresa”
- Liquidaciones de compra, con la leyenda “Contribuyentes Régimen Microempresa”
- Comprobantes de Retención en los casos que proceda, con la leyenda “Contribuyentes Régimen Microempresa”
- Llevar contabilidad o un registro de ingresos y gastos según corresponda.
- Presentación de declaraciones
- Presentación de anexos cuando corresponda.
- Demás deberes formales señalados en el Código Tributario
- Facilitar a los funcionarios autorizados las inspecciones o verificaciones necesarias para el control de la determinación de los tributos
- Documentos relacionados con los hechos generadores de tributos y las aclaraciones que le sean solicitadas.
- Concurrir a las oficinas de la administración tributaria cuando le sea requerido.
Adicional, las microempresas no deberán realizar retenciones de IVA o de Renta, excepto en los casos en los que la norma indique que son agentes de retención.
Retención en la fuente:
- En los casos que corresponda la declaración de retención en la fuente del IVA se efectuará de manera semestral.
- La declaración de retención en la fuente del impuesto a la renta se efectuará mensualmente.
- En relación a los impuestos no definidos en este régimen, deberán ser declarados en la forma establecida en la ley tributaria vigente y su respectivo reglamento.
Las microempresas deberán realizar las retenciones en los siguientes casos:
Retención de RENTA:
- En la distribución de dividendos
- En los pagos y reembolsos al exterior
- En la retención por las remuneraciones a sus trabajadores en los casos en los que proceda
- Cuando emitan liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios.
Retenciones de IVA:
- En la importación de servicios
- Cuando emitan liquidaciones de compras de bienes y prestación de servicios.
- Cuando estén obligados a realizar retención sobre el IVA presuntivo.
- Inicie sesión para enviar comentarios