¿Cuáles son los requisitos para contratar a personas extranjeras?
Para que un extranjero pueda desarrollarse en el campo laboral de nuestro país, es necesario que cuenten con la visa 12-VI de trabajo proporcionada por la Dirección General de Migración y de Extranjería. Esta visa tiene una validez máxima de dos años renovables.
Esta visa es otorgada a profesionales de alto nivel técnico, trabajadores especializados, Presidentes o Gerentes Generales y Apoderados. También pueden obtener esta visa personas extranjeras que las empresas requieran para ejecutar labores temporales de su especialidad o con fines de entrenamiento industrial. Estos ciudadanos extranjeros podrán obtener también esta visa para sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero se afinidad.
Los requisitos para la obtención de la visa 12-VI son:
- Petición Escrita de la empresa
- Formulario de solicitud de visa
- Pasaporte con vigencia mínima de seis meses
- Curriculum vitae u hoja de vida
- Escritura de constitución de la compañía que lo requiere
- Certificado actualizado del RUC del auspiciante
- Certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones Super. Cias.
- Certificado actualizado de no tener obligaciones pendientes con el IESS
- Nombramiento del Presidente, Gerente General o Apoderado
Además, se deberá presentar según el caso lo siguiente:
- En caso de contrato de trabajo, la Autorización laboral emitida por el Ministerio de Relaciones Laborales y el contrato inscrito (legalizado).
- En caso de nombramiento, sea de Presidente, Gerente, Apoderado deberá estar inscrito en el Registro Mercantil.
- En caso de contrato civil de prestación de servicios profesionales, el contrato deberá estar inscrito el el Juzgado de lo Civil o Notaría y una copia del título debidamente apostillado y traducido al español de ser necesario.
- En caso de Auspicio, debe presentar la carta original otorgada por la casa matriz, apostillada o legalizada y traducida al español de ser el caso.
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