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Calculadora

Deducción de Gastos Personales 2022

Enviado por khidalgo el 7 January 2022

Las personas naturales gozarán de una rebaja al Impuesto a la Renta causado por gastos personales por concepto de vivienda, salud, alimentación, vestimenta, turismo y educación, incluyendo en este último rubro el concepto de arte y cultura.

Para el cálculo de la rebaja de gastos personales del año 2022, se considerará como límite máximo siete veces la Canasta Familiar Básica del mes de diciembre de 2021 ( 7 x 719.65 = 5,037.55). La Canasta Familiar Básica (CFB) del mes de diciembre del ejercicio fiscal anterior (CFB = $719.65 Dic-2021).

Además, se deberá considerar también los siguientes límites máximos para deducir en el Impuesto a la Renta:

  1. Si los ingresos brutos anuales son menores a $24,090.30 —– Gastos personales máximo deducible de $1,007.51 (20% de las 7CFB)
  2. Si los ingresos brutos anuales son mayores a $24,090.30 —– Gastos personales máximo deducible de $503.76 (10% de las 7CFB)
  3. Si usted reside en Galápagos (Multiplicar el IPCEG de 1.803) * Índice de Precios al Consumidor Especial de Galápagos 
    1. Ingresos brutos anuales menores a $43,434.81 —– Gastos Personales máximo deducible $1,816.54
    2. Ingresos brutos anuales mayores a $43,434.81 —– Gastos Personales máximo deducible $908.27

Los Ingresos brutos anuales corresponden al total de los ingresos percibidos en un ejercicio fiscal, sin considerar las devoluciones, rebajas y descuentos. Es importante además aclarar que, para las personas que trabajan en relación de dependencia, se suman a sus ingresos brutos la decimotercera y decimocuarta remuneraciones para saber si los ingresos brutos son mayores o menores a $24,090.30. Es importante aclarar que para el cálculo del Impuesto a la Renta NO se considera los décimos y se deduce además el 9.45% del aporte individual del IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social).

Las facturas y notas de venta podrán estar a nombre del contribuyente, sus padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.

Adicional, el anexo de gastos personales se deberá presentar obligatoriamente para poder justificar la rebaja.

Vivienda

  • Arriendo
  • Alícuotas de condominios
  • Interés préstamos Hipotecarios (adquisición, remodelación, o construcción)
  • Impuesto predial
  • Servicios Básicos

Salud

  • Honorarios médicos
  • Servicios de salud de clínicas, hospitales y laboratorios
  • Medicamentos e insumos médicos, lentes y prótesis
  • Seguro médico
  • Medicina prepagada

Alimentación

  • Compra de Alimentos para consumo humano
  • Compra de alimentos en restaurantes y otros centros de expendio de alimentos preparados
  • Suplementos alimenticios

 

Educación

  • Matrícula y pensión
  • Colegiatura
  • Cursos de actualización
  • Seminarios
  • Capacitaciones
  • Útiles y textos escolares y uniformes
  • Servicios de cuidado y desarrollo infantil.
  • Servicios de educación especial
  • Arte y Cultura

Vestimenta

  • Se considera a todo tipo de prenda de vestir
  • Cinturones y corbatas
  • No incluye el lavado y reparación de prendas de vestir
  • No incluye accesorios como gafas, joyas, carteras

Turismo

  • Alojamiento
  • Transporte
  • Servicio de Alimentos y bebidas
  • Paquetes, tours y servicios turísticos
  • Parques de atracciones ecuatorianos

Proyección de gastos personales y retención de Impuesto a la Renta a los trabajadores

Los empleadores deberán solicitar a sus trabajadores la proyección de gastos personales este mes de enero del 2022 para poder realizar el cálculo de la retención de impuesto a la renta imputable a la remuneración mensual. Además, deberán contemplar el límite máximo de 5,037.55 (7CFB) de Gastos Personales.

En el siguiente ejemplo, se considera que la proyección de gastos personales del trabajador fue de $5,037.55. Por lo que se puede deducir de gastos personales el valor máximo de $1,007.51, que corresponde al 20% de los $5,037.55.

Cálculo de Retención de IR trabajador en relación de dependencia con remuneración de $2,000.00
Concepto Valor mensual Valor Anual
Sueldo 1,500.00 18,000.00
Comisiones 300.00 3,600.00
Bonificaciones 200.00 2,400.00
Total sueldo 2,000.00 24,000.00
Aporte personal
IESS 9.45%
189.00 2,268.00
Base (Ingresos – Aporte)   21,732.00
Impuesto a la Renta
(Aplicar Tabla de IR 2022)
  964.30
(-)Rebaja por Gastos Personales
(Ingresos mayor a 24,090.30)
Hasta 20% de la 7CFB
Ingresos Brutos
28,425.00
503.76
Impuesto a la Renta por pagar 38.38 460.55
 

Esta información la puede encontrar en la circular Nro. NAC-DGERC-GC21-0000007 emitida por el Servicio de Rentas Internas del 31 de diciembre de 2021.