El pago de utilidades a trabajadores se realiza en abril 2022
Las empresas y personas naturales que al 31 de diciembre de 2021 generaron utilidades, deberán repartir a sus trabajadores hasta el 15 de abril de 2022 el valor correspondiente al 15% de las utilidades líquidas de la empresa, conforme el artículo 97 del Código de Trabajo.
El empleador reconocerá este beneficio a sus trabajadores en relación de dependencia y se distribuirá de la siguiente manera: 10% entre todos los trabajadores de la empresa y el 5% restante en proporción al número de las cargas familiares de cada trabajador.
Para el cálculo de participación utilidades, se tomará en consideración el tiempo de trabajo; es decir, un período anual de 360 días, incluidas las vacaciones, y la jornada laboral mensual equivalente a 240 horas.
Se deberá legalizar el reparto de utilidades en el Ministerio de Trabajo en las siguientes fechas:
Noveno Dígito RUC | Fecha de Legalización |
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1, 2, 3, 4 y 5 | 16 de mayo de 2022 al 09 de junio de 2022. |
6, 7, 8, 9 y 0 | 10 de junio de 2022 al 04 de julio de 2022. |
¿Quiénes no tienen derecho a recibir reparto de utilidades de la empresa?
- Trabajadores que perciban sobresueldos o gratificaciones, cuyo monto fuere igual o excedente al porcentaje que se fija. (Art. 98, Código de Trabajo);
- Los operarios y aprendices de los artesanos. (Art. 101, Código de Trabajo).
- El Representante Legal, que es mandatario y no empleado (Art. 308, Código de Trabajo).
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