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Impuestos

Se publica la Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria

Enviado por khidalgo el 21 January 2020

El pasado martes 31 de diciembre de 2019 en el suplemento Nro 111 del Registro Oficial se publicó la Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria.  Esta norma consta de 61 artículos, 10 disposiciones generales,16 disposiciones transitorias y 1 disposición final.

A continuación detallamos un resumen de lo que contiene esta ley:

  • Remisión de intereses, multas y recargos derivados de créditos educativos y becas.
  • Remisión del 100% del capital, interese y multas correspondientes al copago o cualquier obligación de pago o aporte derivado de programas de vivienda de emergencia destinados a los damnificados del terremoto del 16 de abril del 2016 e las provincias de Manabí y Esmeraldas. 
  • Por única vez se establece la reducción del 10% del impuesto a la renta a pagar en el ejercicio fiscal 2019 para los contribuyentes domiciliados a septiembre de 2019 en Imbabura, Bolívar, Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi y Cañar cuya actividad económica principal sea la agrícola, ganadera, agroindustrial y/o turismo afectadas por los graves incidentes derivados de la paralización.
  • El proyecto disminuye el número de agentes de retención para reducir la carga de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, pues solo serán agentes de retención aquellos previamente calificados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  • Eliminación del Anticipo del Impuesto a la Renta, se pagará cuando se generen utilidades.
  • Se establece la posibilidad de deducción de hasta 150% por gastos en la organización y patrocinio de eventos artísticos y culturales.
  • Tarifa cero % IVA (impuesto al valor agregado) para insumos y maquinaria agrícola, flores, papel periódico y revistas.
  • IVA cero % a tiras reactivas para medición de glucosa; bombas de insulina; marcapasos; a los servicios de suministro de dominios de páginas web, servidores (hosting), computación en la nube (cloud computing).
  • Se establece el ICE (impuesto a consumos especiales) en telefonía móvil a personas naturales y únicamente para los servicios de postpago.
  • Se disminuye el ICE a la cerveza artesanal: pasa de 2,00 a 1,50; se aumenta en 10% el ICE a la cerveza industrial y no se aumenta a las bebidas azucaradas.
  • ICE a las fundas plásticas; se grava con ICE a estos bienes a razón de 0,10 centavos por funda solicitadas por el consumidor. La implementación será progresiva 0,03 el primer año, 0,05 el segundo, 0,07 el cuarto y desde 2023 será de 0,10.
  • Reducción de ICE para fundas recicladas, biodegradables y compostables.
  • Se crea una contribución temporal a las sociedades con ingresos gravados, en 2018, mayores a un millón de dólares.
  • Quienes perciben ingresos mayores a 100 000 dólares: solo podrán deducir de su Impuesto a la Renta los gastos correspondientes a enfermedades catastróficas, huérfanas o raras.