El salario digno para el año 2020 es de $447.02
Los empleadores tienen la obligación de pagar el valor de la compensación económica para alcanzar el salario digno a cada una de las personas trabajadoras o extrabajadoras hasta el 31 de marzo de cada año.
Para el cálculo del ingreso mensual de la persona trabajadora o extrabajadora durante el año 2020, se debe sumar los siguientes componentes:
- El sueldo o salario mensual del año 2020;
- La decimotercera remuneración correspondiente al valor proporcional del tiempo laborado en el año 2020, cuyo período de cálculo y pago estará acorde a lo establecido en el artículo 111 del Código del Trabajo;
- La decimocuarta remuneración correspondiente al valor proporcional del tiempo laborado en el año 2020, cuyo período de cálculo y pago estará acorde a lo establecido en el artículo 113 del Código del Trabajo;
- Las comisiones variables que hubiere pagado el empleador a la persona trabajadora o extrabajadora, que obedezcan a prácticas mercantiles legítimas y usuales en el año 2020;
- La participación de utilidades a personas trabajadoras o extrabajadoras del ejercicio fiscal 2019 y pagadas en el año 2020;
- Los beneficios adicionales percibidos en dinero en el año 2020; y,
- Los fondos de reserva correspondientes al año 2020.
La suma de estos valores dividido para el número de meses trabajados, deberá ser igual al salario digno, es decir $447.02, de no sumar estos valores la diferencia deberá ser cancelada al trabajador.
Los empleadores deberán agotar todos los mecanismos legales para el efecto, incluso a través de comunicaciones dirigidas a los domicilios, direcciones de correo electrónico de las personas trabajadoras o ex trabajadoras, y a través de al menos dos avisos en los diferentes medios de comunicación locales o nacionales, sin perjuicio de las sanciones señaladas en el artículo 9 de este acuerdo.
Ejemplo:
El trabajador que ingresa a trabajar el 1er día de enero del año 2020 recibiría los valores a continuación.
CONCEPTO | MENSUAL | ANUAL |
---|---|---|
Sueldo | 400.00 | 4,800.00 |
Comisiones | 0.00 | |
Decimotercer sueldo | 366.67 | |
Decimocuarto sueldo | 233.33 | |
Participación Utilidades 2019 pagadas en el 2020 | ||
Fondos de Reserva | 0.00 | |
TOTAL | 5,400.00 | |
Para los 12 meses del año | 450.00 | |
Salario digno | 447.02 | |
NO SE DEBE COMPENSAR |
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