El Servicio de Rentas Internas declara la extinción de obligaciones tributarias
El 13 de mayo de 2022, el SRI publicó el listado de Contribuyentes y declaró como extintas sus deudas, intereses y multas. Todo con base al art. 56 del Código Tributario.
¿Qué establece el art. 56 del Código Tributario?
Se podrán declarar masivamente la extinción de las obligaciones que sumadas por cada contribuyente sean de hasta un (1) salario básico unificado (actualmente es US$ 425,00), siempre y cuando a la fecha de la emisión de la respectiva resolución de extinción, se hayan cumplido los plazos de prescripción de la acción de cobro, esto sin perjuicio de que se haya iniciado o no la acción coactiva.
Esta disposición entró en vigencia mediante Resolución Nro. RESOLUCIÓN Nro. DZ3-COBRASC22-00000098 el 18 de mayo de 2022.
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